TRASPASO

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¿Cómo se hace un traspaso de un inmueble en Madrid?

 

Si estás buscando hacer un traspaso de un  inmueble que posees y no sabes cómo realizar este proceso. No te mortifiques más, desde Batuecas Inmobiliaria te diremos los pasos necesarios.

Nuestros especialistas en la materia nos dirán cómo realizar un traspaso de propiedad en Madrid.

Así que si necesitas realizar este tipo de gestión te recomendamos que prestes atención para que hagas de esta experiencia algo agradable y no una mortificación.

 

¿Qué es un traspaso de un inmueble?

Para iniciar debemos tener claro qué es un traspaso de propiedad. Según los expertos en la materia un traspaso es la venta de una vivienda que aún cuenta con crédito hipotecario.

Entre las muchas razones existentes para querer traspasar un inmueble se encuentra la de no seguir pagando el crédito hipotecario, ya sea porque la persona no puede seguir cancelando dicha cuota.

 

Otra es que la persona quiere hacer valido un testamento o simplemente desea buscar un domicilio más grande o mudarse a otra ciudad.

Si alguna de estas circunstancias es tu caso, puede que el traspaso de propiedad sea la solución más viable, siempre y cuando cumplan con los trámites necesarios para hacerlo correctamente.

 

Tipos de traspaso de un inmueble en Madrid

En el sector inmobiliario existen tres tipos de traspasos legalmente válidos en la ciudad de Madrid, como lo son:

1.- Por compraventa

El primer tipo de traspaso de un inmueble es el que se normalmente se realiza por una compraventa de la vivienda.

En este caso los nuevos propietarios son los que deberán asumir el pago del registro de a su nombre.

El comprador necesitará una copia simple de la escritura emitida en la notaria para realizar el cambio de titularidad en Catastro y el Registro de la Propiedad.

 

2.- Por donación

La según opción para el cambio de titularidad de una casa valida en Madrid es por donación.

A este respecto los beneficiarios deberán acudir al notario para obtener las nuevas escrituras de la vivienda con el traspaso de donación y así inscribirla en el Registro de Propiedad.

 

3.- Por herencia

La tercera forma de realizar el traspaso de una propiedad es el adquirir una vivienda por herencia.

Cuando una persona recibe una residencia por herencia está en el derecho de solicitar ante un notario el documento de aceptación de herencia.

Una vez obtenido la escritura podrá acudir a la oficina de Catastro y luego al Registro de Propiedad para realiza el proceso de cambio de titularidad de la misma. 

 

4.- Por hipoteca

La cuarta manera de realizar un traspaso es por la figura de titulares de hipoteca, ya sea porque la persona no puede seguir cancelando la misma.

En este caso se trata de la subrogación, cuyo procedimiento permite hacer un cambio de titular de una propiedad hipoteca.

Para tal fin el comprador se hace responsable del mantenimiento de la deuda, aceptando las condiciones del préstamo hipotecario que poseía el propietario anterior con la misma entidad bancaria.

 

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¿Cómo formalizar el traspaso de un inmueble?

A pesar que en Madrid no es obligatorio realizar una escritura pública para las operaciones de transmisión de vivienda, los expertos en la materia recomiendan realizarlo.

Al hacer un documento de propiedad ambas partes pueden asentar lo ya pactado en su negociación obteniendo de esta manera una importancia jurídica y económica.

Para realizar este tipo de procedimiento ambas partes deberán acudir a la notaría, la cual será el intermediario que funge como testigo.

 

En este caso, el funcionario público garantizará que el acuerdo cumpla con las leyes vigentes de la legislación de Madrid, así como respetar los derechos de ambas partes. 

Una vez completado correctamente todo el procedimiento, el notario deberá enviar la escritura para que el nuevo titular pueda inscribir el inmueble en el Registro de la Propiedad.

En este particular, el nuevo propietario deberá presentar la documentación exigida según sea el caso.

 

¿Qué gastos conlleva un traspaso?

Cuando la persona esta decidida a realizar este tipo de trámite, es importante saber cuáles serán los gastos para efectuar el traspaso de un inmueble en la ciudad de Madrid.

Así que presta atención y toma la precaución necesaria para que logres una buena gestión con el traspaso de un bien inmueble.   

 

Entre los gastos previstos para emitir el documento de traspaso de una vivienda es el costo del notario que intervendrá en la realización de la escritura.

En este caso, el funcionario público deberá cobrar el precio fijado por el Gobierno, el cual dependerá de tres factores:

 1.- La cuantía de la propiedad en el documento.

2.- La extensión del documento.

3.- Los actos complementarios realizados.

 

Igualmente, hay que tomar en cuenta los gastos previstos por los tramites de titularidad en Catastro, los cuales serán incluidos en el gasto notarial si la persona decide solicitar a la notoria gestionar dicha operación.

Sin embargo, si el propietario desea realizar por sí mismo el procedimiento este le saldrá totalmente gratuito, siempre y cuando cuente con todos los requisitos.

Otro de los gastos previstos para el traspaso de un inmueble es el pago de los impuestos requeridos según la ley, como el Transmisiones Patrimoniales, Plusvalía Municipal y el impuesto sobre Bienes Inmuebles.   

Por otra parte, el traspaso del inmueble conlleva los gastos de aranceles del Registro de la Propiedad, cuyos importes son calculados de acuerdo al precio que se le otorgue a la vivienda en la escritura.

 

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¿Qué requisitos se requiere para un traspaso?

Para efectuar un traspaso de una vivienda en Madrid son los siguientes:

 

En Caso de compraventa

  • DNI o tarjeta de residencia.
  • Recibo del último pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
  • Certificado sobre los gastos de la comunidad.
  • Escritura de la propiedad.
  • Certificado de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) en caso de que la propiedad tenga más de 45 años
  • Certificado energético.
  • Cédula de habitabilidad.
  • Libro del edificio.
  • Facturas de los suministros como agua, luz y gas.

 

En caso de herencia

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Testamento o acta de declaración de herederos.
  • Escritura de la herencia.
  • Justificantes de pago de los impuestos.

 

En caso de deuda hipotecaria:

  • Certificado de deuda hipotecaria pendiente.

 

En caso de donación:

  • IDN o tarjeta de residencia.
  • Escrituras de nombramiento del administrador o del apoderado.
  • Nota simple actualizada de las escrituras de propiedad.
  • Último recibo del IBI.

 

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